Menores en el auto: qué exige la ley paraguaya de verdad
Por El Dato ·
¿A qué edad puede ir un chico adelante? ¿Hasta cuándo es obligatoria la sillita? Sobre esto circula muchísima información de otros países — así que vamos directo al texto de la ley paraguaya, que es más simple de lo que parece. El art. 58 inc. g) de la Ley 5016/14 dice, literalmente: “los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero, y los menores de 5 años en el asiento especial de seguridad”. Eso es todo el régimen legal — y tiene una multa concreta detrás.
Las tres reglas, por edad
| Edad | Qué exige la ley |
|---|---|
| Menos de 5 años | Asiento especial de seguridad (sillita), en el asiento trasero |
| De 5 a 9 años | Asiento trasero, con cinturón |
| Desde los 10 | Puede ir adelante, con cinturón |
Dos aclaraciones que despejan los mitos más comunes:
- La edad para ir adelante es 10, no 12. El “12 años” que se repite viene de las leyes de otros países (Argentina, Chile); la norma paraguaya fijó 10.
- No existe una “ley de sillitas” aparte con grupos por peso y altura: toda la obligación legal cabe en esa frase del art. 58. Lo que sí existen son recomendaciones técnicas oficiales (abajo).
La multa: 10 jornales
La escala de la Caminera tipifica la falta (código A58.G): transportar personas en la carrocería de una camioneta y/o menores de edad sin cinturón de seguridad — 10 jornales, G. 1.170.770 al jornal vigente. La propia Caminera confirmó en prensa que es la multa que aplica cuando un menor viaja sin la silla obligatoria (para un menor de 10 que va adelante, el MOPC menciona la falta de cinturón: 6 jornales). Para los adultos sin cinturón la falta es otra (A58.J): 6 jornales, G. 702.462 — la tabla completa está acá.
Y no es solo la multa: llevar un menor suelto adelante es, según todos los datos de siniestralidad, la forma más eficiente de convertir un choque menor en una tragedia.
Cómo elegir la silla (recomendaciones oficiales del MOPC)
La ley no detalla grupos, pero el MOPC publicó la guía técnica que llena ese vacío:
| Grupo | Peso | Cómo va |
|---|---|---|
| Grupo 0 | hasta 10 kg | A contramarcha (mirando hacia atrás) |
| Grupo 1 | 9–18 kg | Silla con arnés propio, en el asiento trasero |
| Grupos 2-3 | 15–36 kg (hasta ~1,10 m) | Elevador/booster con el cinturón del vehículo |
| Desde ~1,10 m | — | Transición al cinturón del auto |
Más dos reglas de colocación: la silla siempre atrás, preferentemente detrás del acompañante o al centro, y el arnés bien ajustado.
¿Y en moto?
Regla distinta y más estricta: prohibido llevar como acompañante a un menor de 12 años (art. 72, multa de 5 jornales — G. 585.385). No hay sillita que lo habilite: simplemente no pueden ir. El resto de los requisitos de moto está en la guía de motociclistas.
Preguntas frecuentes
¿Mi hijo de 8 años puede ir adelante si usa cinturón? No: hasta los 9 años inclusive, el asiento trasero es obligatorio. Adelante recién desde los 10.
¿La sillita es obligatoria hasta los 5 o hasta cierto peso? La ley habla solo de edad: menores de 5 años en asiento especial. Las recomendaciones técnicas (MOPC) sugieren guiarse además por el peso y la altura — un nene de 5 años y 15 kg está más seguro en un booster que suelto con cinturón de adulto.
¿El taxi o el auto de la abuela están exentos? La ley no escribe ninguna excepción para taxis ni autos ajenos: el art. 58 g aplica al vehículo en que viaja el menor. En la práctica el control recae sobre el conductor.
¿Contramarcha hasta cuándo? La recomendación oficial: todo el Grupo 0 (hasta 10 kg) a contramarcha. Los estándares internacionales sugieren mantenerla cuanto más tiempo mejor; la ley paraguaya no lo regula.
¿Quién paga la multa si el menor va mal llevado? El conductor. Y si el vehículo es tuyo pero maneja otro, recordá que las faltas del vehículo apuntan al titular registral — prestá el auto con las reglas claras.