SOAT en Paraguay: por qué no existe y qué hacer sin él
Por El Dato ·
Si alguna vez te dijeron en un control que te falta “el SOAT”, te dijeron mal: el seguro obligatorio de accidentes de tránsito no existe en Paraguay. La ley que lo creaba (4950/13) fue derogada por la Ley 5150/2014 sin llegar a aplicarse nunca, y no hay ninguna norma vigente que te obligue a tener seguro para circular. Acá está la historia completa, el estado real del debate en 2026, y — porque no existir la obligación no borra el riesgo — qué opciones tenés para no quedar descubierto.
La historia en tres actos
- 2013: la Ley 4950 crea el SOAT, con una prima anunciada de G. 300.000 para autos y G. 180.000 para motos. La reacción pública fue tan adversa que nunca entró en vigencia.
- 2014: la Ley 5150 lo deroga. El SOAT murió sin haber pagado una sola indemnización.
- Desde entonces: el “comprobante de seguro obligatorio” sigue mencionado nominalmente en la Ley de Tránsito, pero al no existir el seguro, no pueden sancionarte por no tenerlo — así lo explicamos también en la guía de controles.
Ojo con los comparadores y páginas que afirman que el seguro contra terceros “es obligatorio por ley” en Paraguay: es falso a la fecha.
¿Y no lo van a volver a poner?
El debate revive cada tanto, pero el último proyecto real — el “SOA” del senador Silva Facetti — obtuvo dictamen favorable con modificaciones en 2022 y quedó estancado en el Senado, y no hay registros públicos de avances desde entonces. La Superintendencia de Seguros declaró en 2024 que un seguro obligatorio es “sumamente necesario”, y en 2026 el tema volvió a las columnas de opinión — pero no encontramos ningún proyecto activo en tratamiento hoy. Si eso cambia, este artículo se actualiza.
Aquel proyecto preveía coberturas de hasta 1.000 jornales por muerte o invalidez total (~G. 88 millones al jornal de entonces; hoy rondarían G. 117 millones) — números que dan una idea de lo que un SOAT cubriría y hoy nadie cubre.
El dato incómodo: casi nadie está asegurado
- Vehículos asegurados en el país: ~600.000 (dato de la Asociación Paraguaya de Compañías de Seguros, junio 2026).
- Parque automotor: más de 3,17 millones de vehículos matriculados (2025).
- El cruce de ambas cifras — cálculo nuestro, no un dato oficial publicado como tal — da que cerca de 8 de cada 10 vehículos circulan sin ningún seguro.
El contexto lo vuelve más serio: Paraguay registra alrededor de 1.400 muertes al año en siniestros viales — unas 4 por día, con las motos involucradas en el 70% de los casos fatales (ANTSV, 2024-2025).
Qué podés contratar (ya que nadie te obliga)
- Responsabilidad civil / “contra terceros”: la cobertura básica y más económica del mercado — paga los daños materiales, lesiones o muerte que vos causes a terceros; los planes típicos suman asistencia y grúa. Es la que evita que un choque se convierta en una deuda de por vida.
- Todo riesgo: cubre además tu propio vehículo (choque, robo, incendio). Referencia de mercado: entre el 3% y el 8% del valor comercial del vehículo por año, según cobertura y aseguradora.
- Precios del “terceros”: no hay tarifario público — las aseguradoras cotizan caso por caso (vehículo, uso, zona). Pedí 2 o 3 cotizaciones antes de decidir.
El ramo automotor es el más grande del mercado asegurador paraguayo (41,4% de las primas, según el anuario 2025 de la Superintendencia de Seguros); las mayores aseguradoras del mercado por primas son MAPFRE, Aseguradora del Este y Aseguradora Yacyretá (datos BCP a junio 2025).
Si chocás — o te chocan — sin seguro
Sin SOAT, todo se rige por la responsabilidad civil del Código Civil:
- El que causa el daño responde (arts. 1833 y 1847): podés reclamar la reparación del vehículo, gastos de curación y lucro cesante (art. 1859) a quien te chocó, tenga o no seguro.
- Si el responsable tiene seguro, podés demandarlo y citar en garantía a su aseguradora (art. 1652): la sentencia es ejecutable directamente contra la compañía hasta el límite de la póliza.
- El plazo corre: la acción por responsabilidad civil prescribe a los 2 años (art. 663 inc. f).
- Antes de juicio: la Dirección de Mediación del Poder Judicial ofrece mediación gratuita y voluntaria en todo el país — una vía rápida para acordar la reparación sin abogados de por medio.
Y una obligación que sí existe siempre: cumplir los deberes de todo partícipe de un accidente (auxiliar, dar datos, avisar a la autoridad) — no hacerlo es falta gravísima de 20 jornales (G. 2.341.540), como muestra la tabla de multas.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden multar por no tener seguro? No. No existe seguro obligatorio vigente; cualquier “multa por SOAT” es improcedente y podés impugnarla.
¿Entonces por qué la ley de tránsito menciona el seguro obligatorio? Porque la Ley 5016/14 se redactó cuando el SOAT de la Ley 4950/13 existía en los papeles. Al derogarse el SOAT sin reemplazo, esa mención quedó vacía de contenido.
¿Conviene igual asegurarse? Los números hablan: 1.400 muertes al año, 8 de cada 10 vehículos sin cobertura, y una responsabilidad civil que sale de tu bolsillo si causás un daño. Un “contra terceros” es la forma más barata de acotar ese riesgo.
¿Qué hago si me chocó alguien sin seguro y no quiere pagar? Reclamo civil: mediación gratuita del Poder Judicial primero, demanda por daños después. Guardá fotos, datos del conductor y del vehículo, y el parte policial si lo hubo — y recordá el plazo de prescripción de 2 años.
Fuentes
- Ley 5150/2014 — deroga la Ley 4950/13 que creaba el SOAT
- ABC Color (2022-2023) — el proyecto SOA estancado en el Senado
- Última Hora (14-jun-2026) — ~600.000 vehículos asegurados (APCS)
- ABC Color (14-may-2025) — parque automotor: 3,17 millones de vehículos
- Anuario del Mercado Asegurador Paraguayo 2025 — Superintendencia de Seguros (BCP)
- Código Civil, Ley 1183/85 — arts. 663, 1652, 1833, 1846-1847, 1859
- ADN Digital (16-sep-2025) — siniestralidad vial según la ANTSV