Qué documentos llevar en el auto en Paraguay (2026)
Por El Dato ·
La respuesta corta: licencia de conducir, cédula del automotor y habilitación municipal. Eso es todo lo que un control de tránsito puede exigirte como documentación (Ley 5016/14, art. 58). La cédula de identidad no es obligatoria para circular, el SOAT no existe, y el formato digital vale igual que el físico. Acá va el detalle, documento por documento, con lo que cuesta que te falte cada uno — montos a agosto de 2026 (jornal: G. 117.077).
Los tres documentos exigibles
1. Licencia de conducir
Vigente y de la categoría correcta para el vehículo que manejás. Conducir sin licencia, con licencia vencida o de otra categoría es falta grave: 10 jornales (G. 1.170.770), y habilita la retención del vehículo — que se libera en el acto si otro conductor habilitado lo lleva (art. 106 b).
Desde enero de 2026 se emite la licencia con código QR (Res. ANTSV 189/2025), verificable en tiempo real contra el Registro Nacional. Las tarjetas del formato anterior siguen valiendo hasta su vencimiento.
2. Cédula del automotor (cédula verde o azul)
Es el documento del vehículo. No portarla cuesta 5 jornales (G. 585.385). La cédula verde corresponde al propietario; la azul habilita a un tercero a conducir el vehículo. Ojo: la cédula azul no es obligatoria para prestar el auto — es una facilidad probatoria, no un requisito del art. 58.
3. Habilitación municipal del vehículo
El comprobante de que pagaste la habilitación del año. La exigen la PMT y la Patrulla Caminera; la Policía Nacional no está facultada para controlarla (su rol son los delitos, no las faltas administrativas). Circular sin habilitación vigente habilita además la retención del vehículo (art. 106 b).
El equipamiento que también controlan
No son “documentos”, pero el art. 58 los pone en la misma lista de condiciones indispensables para circular:
- Chapas colocadas (delantera y trasera, legibles).
- Matafuego y balizas (salvo motocicletas).
Lo que NO están facultados a exigirte
- Cédula de identidad. No figura en el art. 58 y no existe ley que obligue a portarla. Solo la Policía Nacional puede pedir identificación personal, y únicamente “cuando el caso lo requiera” (Ley 222/93, art. 6.6). La PMT y la Caminera no están facultadas: su control es documental de tránsito.
- SOAT. El seguro obligatorio figura nominalmente en la Ley de Tránsito, pero nunca existió: la ley que lo creaba (4950/13) fue derogada por la Ley 5150/14 sin llegar a aplicarse. No pueden sancionarte por no tener lo que no existe.
- Tu celular, tu billetera o comprobantes de lo que llevás en el vehículo: nada de eso es “documentación exigible” en un control de tránsito.
Y no pueden quedárselos: los documentos se presentan “a solo requerimiento” y deben devolvértelos inmediatamente después de verificarlos (art. 55). Retener tu licencia o cédula como “garantía” de una multa es inconstitucional (CN, art. 35). Los únicos casos legales de retención de licencia son cinco y están en el art. 106 — los explicamos en la guía completa de controles.
¿Vale mostrar los documentos desde el celular?
Sí, con la misma validez jurídica que el físico. La Ley 7177/2023 lo establece expresamente para la cédula de identidad, la licencia de conducir, la cédula del automotor y la habilitación vehicular: el agente no puede rechazar la exhibición en formato digital. En la práctica: tené la app oficial Portal Paraguay instalada y con tus documentos cargados, y entregá el teléfono lo mínimo indispensable — mostrar la pantalla es suficiente.
Si te falta algo: cuánto cuesta
| Falta | Sanción | En guaraníes (ago. 2026) |
|---|---|---|
| Sin licencia / vencida / otra categoría | Grave, 10 jornales | G. 1.170.770 + posible retención del vehículo |
| No portar cédula del automotor | 5 jornales | G. 585.385 |
| Sin habilitación municipal vigente | Según ordenanza + retención posible | varía por municipio |
| Sin matafuego o balizas | 4 jornales | G. 468.308 |
Pago voluntario dentro de los 5 días hábiles: 25% de descuento (art. 120; en graves solo una vez al año, en gravísimas nunca). Y siempre con boleta en boca de cobranza habilitada — jamás en efectivo en el lugar.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden multar por no llevar la cédula de identidad? No. No es un documento exigible para circular y no hay ley que obligue a portarla.
¿Puedo manejar el auto de otra persona sin cédula azul? Sí. La cédula azul facilita acreditar que tenés autorización, pero no es requisito del art. 58. Llevá la cédula verde del vehículo y tu licencia.
¿La foto de la licencia en el celular sirve? La que está en la app oficial Portal Paraguay, sí: la Ley 7177/2023 le da la misma validez y el agente no puede exigir el plástico. Una foto suelta de la licencia no es el formato digital oficial — el documento se verifica por su código QR.
¿Qué pasa si me olvidé todos los documentos? El agente puede verificar por sistema (la licencia QR se valida en línea). Si tenés licencia vigente pero no la portás y no se pudo verificar, la falta es no tener consigo la licencia (5 jornales, G. 585.385); si directamente carecés de licencia habilitante, son 10 jornales y la retención del vehículo hasta que otro conductor habilitado lo retire.
¿Querés el panorama completo — qué pueden y qué no pueden hacer en un control, incluida la requisa del vehículo y el alcotest? Leé la guía completa de controles vehiculares.
Fuentes
- Ley 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial — arts. 55, 58, 106, 112, 120
- Ley 7177/2023, de validez de documentos en formato digital
- Ley 222/93 Orgánica de la Policía Nacional — art. 6.6 (texto según Ley 5757/2016)
- Ley 5150/2014 (derogación del SOAT)
- Res. ANTSV 189/2025 (licencia con código QR)